EN CABA LOS DUEÑOS DEBERÁN PAGAR LA COMISIÓN, NO LOS INQUILINO
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la Ley de Inquilinos, que establece que en los casos de alquileres las inmobiliarias ya no podrán cobrar más la comisión al locatario, sino que dicho importe deberá ser abonado por el dueño de la unidad locada, que al fin de cuentas es quien solicitó en primera instancia los servicios de la inmobiliaria.
En efecto la nueva norma establece un tope del 4,15% del valor del contrato a ser abonado por el propietario, y si bien la ley hace pocas horas que fue sancionada, ya cuenta con varios detractores, entre las que se destacan las cámaras inmobiliarias.
La ley fue aprobada con 51 votos, y contó con dos abstenciones, correspondientes a los legisladores Fernando Vilardo (Autodeterminación y Libertad) y Laura Marrone del Frente de Izquierda.
La importancia de la nueva norma es trascendental, si se tiene en cuenta que el 35% de las personas que residen en la Ciudad de Buenos Aires alquilan. Así, la nueva ley beneficiará a unas 400.000 familias, que podrán así acceder a su vivienda sin cargar con costos sumamente onerosos e injustos por parte de las inmobiliarias.
El legislador Maximiliano Ferraro afirma que “Esto viene a resolver las trabas y ciertos abusos de algunas inmobiliarias, en el último tiempo observamos que el cobro de comisiones superaba a la que estamos estableciendo”.
Según afirma el Centro de Economía Política Argentina (CEPA) las personas que alquilan en la Ciudad de Buenos Aires alcanzaría el 38%, y dice además que la norma establece algunas pautas sumamente interesantes, como ser que los estudios de las garantías y del título de propiedad también correrán a cargo del propietario.
El Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA) están en contra de la ley, al aseverar que traerá aparejado el cierre de inmobiliarias, como así también el aumento de los canones locativos, al pretender el propietario querer trasladar el costo de la comisión “escondido” en el precio del alquiler.
Lo cierto es que la norma es clara en cuanto no se pueden cobrar más a los inquilinos sumas excesivas o usureras. Y en el contrato de locación deberá quedar bien especificado el precio del canon locativo, y los derechos y obligaciones que tienen tanto locador como locatario. Ferraro también indicó que “en una segunda etapa vamos a conformar una mesa de trabajo con propietarios, asociaciones de inquilinos, inmobiliarias y funcionarios para encontrar otro tipo de respuestas como puede ser sustituir las garantías propietarias para alquilar como se hace en otras ciudades del mundo”.