Investigación por identidad suprimida: imputan a una partera en Rosario
Una partera de 88 años fue imputada en Rosario por la presunta supresión de identidad de una mujer nacida en 1970. La Justicia también investiga otros cinco posibles casos.

La investigación por identidad suprimida que tramita la Justicia Federal de Rosario tiene como principal imputada a una partera de 88 años, quien habría confeccionado un certificado de nacimiento con datos falsos durante su trabajo en el Hospital Roque Sáenz Peña. El expediente analiza la situación de una mujer nacida en 1970 y otras cinco denuncias vinculadas con presuntas entregas irregulares de bebés.
La Justicia Federal de Rosario formalizó una investigación penal contra una expartera de 88 años acusada de haber intervenido en la inscripción irregular de una mujer nacida en 1970. Según la imputación, la profesional habría certificado como verdaderos datos falsos sobre la filiación de la niña y habría contribuido a modificar su identidad legal desde los primeros días de vida.
Para ampliar el marco general del tema, conviene revisar también esta investigación por identidad suprimida como referencia de contexto.
La causa está a cargo de la fiscal federal Soledad García, integrante de la Oficina de Criminalidad Económica y Trata de Personas del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario. El proceso fue formalizado durante una audiencia realizada en los tribunales federales de la ciudad, ante el juez de Garantías Eduardo Rodrigues Da Cruz.
El expediente no se limita a un único documento. La fiscalía también reúne denuncias de otras cinco personas que aseguran haber sido separadas de sus familias biológicas o inscriptas con información que no reflejaba su origen. Una de ellas habría sido criada como hija de la propia imputada, conocida durante años con el apodo de “Dolly”.
Qué investiga la Justicia Federal de Rosario
La acusación principal se relaciona con un certificado de nacimiento emitido en 1970. De acuerdo con la pesquisa, la entonces partera del Hospital Roque Sáenz Peña habría consignado como padres biológicos a E.A.Q. y A.T.B., ambos fallecidos, aunque una prueba genética posterior descartó el vínculo con la mujer que figuraba como madre en el acta.
La denunciante, identificada por sus iniciales C.E.M.Q., presentó la denuncia ante la Unidad Fiscal Rosario el 15 de abril de este año. El caso comenzó a tomar forma después de que durante décadas tuviera dudas sobre sus orígenes y decidiera solicitar un examen de ADN a quien aparecía registrada como su madre.
El resultado fue concluyente respecto de la inexistencia de vínculo biológico con A.T.B., con una probabilidad de maternidad informada como del 0,0 por ciento. A partir de ese dato, la mujer reconstruyó distintas versiones familiares sobre su nacimiento, la fecha en que habría ocurrido y las circunstancias que rodearon su inscripción registral.
La fuente original de esta información es El Ciudadano de Rosario, que informó los detalles de la audiencia y de la acusación fiscal.
Una partida de nacimiento bajo análisis por datos falsos
El documento cuestionado habría sido confeccionado el 9 de enero de 1970 y consignó que el nacimiento había ocurrido en el Hospital Roque Sáenz Peña. Sin embargo, la denunciante relató que su madre de crianza le habría revelado antes de morir que el parto real pudo haber sucedido cerca del 27 de diciembre de 1969.
La diferencia entre esas fechas es uno de los elementos que la investigación busca establecer junto con el recorrido de la niña desde el nacimiento hasta su inscripción. La fiscalía procura determinar quiénes participaron, qué información conocía cada persona involucrada y si existió una contraprestación económica para concretar la entrega.
Según el relato incorporado al expediente, los padres de crianza habrían pagado dinero para recibir a la beba. La acusación sostiene que la partera habría utilizado su función profesional para respaldar una filiación que no era verdadera y darle apariencia legal mediante un instrumento público.
La importancia de ese certificado excede el contenido de una partida. La inscripción inicial define el nombre, la filiación, la nacionalidad y buena parte de la documentación que una persona utilizará durante toda su vida. Si los datos de origen son falsos, la alteración puede afectar trámites, vínculos familiares, derechos sucesorios, antecedentes médicos y la posibilidad de conocer a la familia biológica.
Las otras denuncias y la posible repetición del mecanismo
Durante la audiencia, la fiscal Soledad García afirmó que el expediente analiza hechos que habrían ocurrido entre 1968 y 1980, período en el que la imputada trabajaba en el área de maternidad del hospital. La representante del Ministerio Público Fiscal describió una posible modalidad reiterada de separación de bebés de sus madres biológicas y entrega a otras familias a cambio de dinero.
La fiscalía indicó que existen al menos cinco víctimas que denunciaron la supresión de su identidad. No obstante, la existencia de denuncias no equivale todavía a una condena ni permite dar por probados todos los hechos. Cada situación deberá ser examinada con documentación, testimonios, pericias genéticas y otros elementos que permitan reconstruir los nacimientos y las inscripciones.
Entre las medidas de interés aparece la extracción compulsiva de ADN de la imputada. El estudio podría ser relevante para establecer si existe un vínculo biológico con D.E.V., una de las personas mencionadas en el expediente y criada como hija de la propia mujer investigada. La comparación genética también puede aportar información para ordenar las hipótesis familiares que surgieron con el avance de la causa.
El rol de los testimonios familiares
Los relatos de familiares ocupan un lugar central porque muchos de los nacimientos investigados ocurrieron hace más de cuatro décadas. La denunciante contó que su padre habría trabajado en la Policía de Santa Fe y en tareas de investigación privada, y que habría utilizado esa posición para desalentar preguntas sobre su origen.
Una tía habría corroborado que existieron amenazas dirigidas a familiares y vecinos. La denunciante también señaló que la joven que sería su madre biológica no podía hacerse cargo de la crianza y que, después de la entrega, habría sido enviada hacia una zona rural de Mar del Plata.
Estos testimonios no reemplazan la prueba documental ni genética, pero pueden ayudar a identificar personas, lugares y momentos que permitan reconstruir una historia fragmentada. En causas relacionadas con identidad, los recuerdos familiares suelen aparecer como una de las pocas fuentes disponibles cuando los registros fueron alterados o resultan incompletos.
Por qué la Justicia rechazó el planteo de prescripción
La defensa de la acusada planteó que la acción penal podía estar prescripta debido al tiempo transcurrido desde los hechos. El juez Rodrigues Da Cruz rechazó ese argumento y tuvo por formalizada la investigación en relación con los hechos atribuidos, la evidencia reunida, la calificación legal y el grado de intervención asignado.
El magistrado consideró que se trata de un delito continuado y sostuvo que sus efectos permanecen mientras no se establezca la identidad de las víctimas. Ese criterio resulta determinante en un expediente donde las consecuencias de una inscripción presuntamente falsa no terminaron con la emisión del acta, sino que continuarían afectando a las personas involucradas.
La fiscalía encuadró los hechos en los delitos de supresión y alteración del estado civil y de la identidad de una persona menor de diez años, previstos en el artículo 139 del Código Penal, y falsedad ideológica de instrumento público, contemplada en el artículo 293. La definición legal podría modificarse durante el avance del proceso si aparecen nuevos elementos.
La acusación no implica una sentencia. La imputada conserva sus garantías procesales y tendrá derecho a ejercer su defensa durante todas las etapas. Al mismo tiempo, el expediente reconoce que las personas que buscan conocer su origen tienen intereses propios que deben ser atendidos por el sistema judicial.
ADN, derecho a la identidad y acompañamiento a las víctimas
Para autorizar la extracción compulsiva de material genético, el juez sostuvo que la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoce el derecho de las víctimas a conocer su identidad. También consideró que la medida no vulnera las garantías de la acusada ni constituye una declaración contra sí misma.
La prueba genética puede cumplir distintas funciones en este tipo de causas. Permite confirmar o descartar vínculos entre personas, orientar la búsqueda de familiares y aportar una base objetiva frente a recuerdos contradictorios o documentos cuestionados. Sin embargo, un resultado de ADN no siempre resuelve por sí solo la totalidad de una historia: también es necesario establecer cómo se produjo la inscripción y quiénes participaron.
El Área de Atención a las Víctimas de la Unidad Fiscal Rosario intervino en las entrevistas y en el acompañamiento de las personas damnificadas. Además, la fiscalía puso a disposición el correo atencionvictimas-ros@mpf.gov.ar para quienes puedan aportar información sobre los hechos investigados o necesiten asistencia.
Qué medidas deberá cumplir la partera imputada
El juez dispuso medidas cautelares que no incluyen prisión preventiva. La imputada deberá someterse al proceso, presentarse cada quince días ante la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, entregar su pasaporte y comunicar cualquier cambio de domicilio.
También se le prohibió salir del país y mantener contacto con las víctimas. Estas restricciones buscan asegurar que permanezca a disposición de la Justicia y evitar posibles interferencias con quienes declararon o todavía podrían aportar información.
La investigación deberá avanzar ahora con la producción de pruebas, la realización del estudio genético autorizado y el análisis de las demás denuncias. La antigüedad de los hechos puede dificultar la localización de registros, testigos y familiares, pero no elimina la relevancia actual de las consecuencias denunciadas.
La investigación por identidad suprimida también puede cambiar la visibilidad de una causa local
Desde el punto de vista de la información pública, la investigación por identidad suprimida reúne términos que las personas suelen buscar junto con nombres de hospitales, ciudades, fiscalías y organismos de derechos vinculados con la identidad. Para medios y sitios digitales, presentar los hechos con precisión resulta fundamental: una imputación debe diferenciarse claramente de una condena y cada afirmación debe atribuirse a la fiscalía, al juzgado o a los testimonios incorporados.
Una cobertura ordenada también facilita que posibles víctimas o testigos encuentren canales oficiales de contacto. Incluir la ciudad, el período investigado, el hospital mencionado y las medidas judiciales permite que la información sea más útil sin exponer datos personales innecesarios. En asuntos sensibles, la visibilidad orgánica debe estar acompañada por prudencia, protección de las personas afectadas y enlaces hacia fuentes verificables.
Para quienes tengan dudas sobre un origen familiar o crean que su documentación pudo haber sido alterada, la causa muestra la importancia de conservar partidas, resultados genéticos, testimonios y cualquier registro relacionado con el nacimiento. La investigación continúa y será el proceso judicial el que determine responsabilidades, pero el acceso a la identidad y a la historia personal permanece como una demanda concreta para las personas involucradas.
Preguntas frecuentes
¿Por qué fue imputada la partera de Rosario?
La fiscalía le atribuye haber confeccionado en 1970 un certificado de nacimiento con datos falsos sobre la filiación de una beba. La acusación incluye supresión y alteración del estado civil y de la identidad, además de falsedad ideológica de instrumento público.
¿Cuántas posibles víctimas analiza la investigación?
La fiscalía informó que existen al menos cinco personas que denunciaron tener suprimida su identidad. Una de ellas habría sido criada como hija de la propia imputada. Cada caso deberá ser comprobado mediante documentos, testimonios y estudios genéticos.
¿Qué función tendrá la prueba de ADN autorizada?
La extracción compulsiva de ADN permitirá comparar el perfil genético de la imputada con el de una persona mencionada en la causa y determinar si existe un vínculo biológico. El resultado podría aportar evidencia para reconstruir uno de los hechos investigados.
¿La imputación significa que la partera ya fue condenada?
No. La imputación formaliza la investigación y comunica los hechos que la fiscalía atribuye, pero no equivale a una sentencia. La acusada conserva sus garantías procesales y la responsabilidad penal deberá definirse después de producir y valorar la prueba.
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