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Argentina miércoles 12 de agosto de 2026
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Jubilados enfrentan un desalojo tras construir su hogar junto al lago La Plata

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Sandra Morales y Rodolfo Hakl viven desde 2016 en una cabaña que levantaron cerca del lago La Plata, en Chubut. Una sentencia civil ordenó restituir el terreno y la pareja apeló el fallo.

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El caso de los jubilados en el lago La Plata quedó nuevamente bajo revisión judicial luego de que una sentencia civil ordenara desalojar la cabaña que Sandra Morales, de 65 años, y Rodolfo Hakl, de 67, construyeron en una zona remota de Alto Río Senguer, Chubut. La pareja vive allí desde 2016, sostiene que llegó con autorización para cuidar el área y ahora intenta demostrar en una segunda instancia que el terreno no está claramente delimitado y que su defensa tuvo dificultades por la distancia.

El futuro de Sandra Morales y Rodolfo Hakl quedó atado a una apelación. Después de casi una década de vida en una cabaña levantada con sus propias manos junto al lago La Plata, en el oeste de Chubut, la pareja recibió una sentencia civil que ordena restituir el terreno y concretar el desalojo. Mientras la Cámara analiza el recurso, ambos continúan viviendo en el lugar que eligieron para pasar sus últimos años.

Si te interesa profundizar desde otra mirada de la red, en Noticias Web podés ver Jubilados enfrentan un desalojo tras construir.

La historia, que fue difundida originalmente por Clarín, combina una disputa por la ocupación de tierras, dificultades para ejercer el derecho de defensa y una discusión más amplia sobre el uso de espacios cercanos a los lagos patagónicos. No se trata solamente de una vivienda familiar: también están en juego los límites entre tierras fiscales, propiedades privadas, concesiones municipales y ocupaciones destinadas al turismo.

Jubilados en el lago La Plata: una mudanza que comenzó en 2016

Sandra y Rodolfo llevaban 42 años de matrimonio cuando decidieron abandonar José C. Paz y trasladarse a la Patagonia. Durante mucho tiempo habían visitado la región durante sus vacaciones. La experiencia como turistas terminó transformándose en un proyecto de vida permanente cuando resolvieron instalarse en un paraje cercano al lago La Plata, a unos 120 kilómetros del pueblo más próximo.

Según relatan, antes de ocupar el lugar consultaron en el municipio de Alto Río Senguer. La propuesta que recibieron consistía en cuidar el camping, mantener limpias las bahías y realizar tareas de mantenimiento sin cobrar un salario, a cambio de poder vivir allí. La pareja afirma que le indicaron que la decisión debía ser evaluada por los concejales, aunque el expediente judicial terminó interpretando de otra manera la situación de la ocupación.

El entorno es uno de los más aislados y exigentes del país. Las distancias, los caminos difíciles y los inviernos intensos complican tanto la vida cotidiana como cualquier traslado hacia centros urbanos. En ese contexto, la permanencia de la pareja se apoyó durante años en una rutina autosuficiente y en tareas de cuidado del espacio que, de acuerdo con su testimonio, también beneficiaron a visitantes y vecinos.

Cómo es la cabaña que Rodolfo construyó con sus propias manos

Rodolfo, que trabajó como albañil, construyó una vivienda de aproximadamente 7 por 7 metros. El espacio no tiene divisiones tradicionales y cuenta con un entrepiso destinado a los dormitorios. En el centro instaló un fogón de estilo alemán, con paredes de hierro y un portón, pensado para enfrentar las bajas temperaturas de la región.

La infraestructura fue adaptada a las condiciones climáticas. La pareja colocó cañerías a varios metros de profundidad para evitar que el agua se congelara, instaló un tanque biodigestor y utiliza un generador a combustible durante algunos momentos del día. La calefacción depende de una estufa rusa y la cocina se realiza principalmente con leña.

La vida en ese lugar exige tareas permanentes: cortar madera, encender el fuego, esperar que el agua alcance la temperatura necesaria y cuidar un invernadero. Rodolfo también cocina tortas de manzana, pastafrolas, pastelitos y tortas fritas. Sandra, por su parte, terminó de escribir un libro sobre la experiencia de vivir en la Patagonia. En los momentos de descanso suelen jugar a los dardos y conversar durante horas.

Un proyecto familiar que también funcionó como mantenimiento del área

La pareja sostiene que durante estos años no se limitó a ocupar el terreno. Afirma que mejoró el acceso, que antes era apenas una huella difícil de transitar; apagó fogones abandonados por turistas; recogió residuos; despejó árboles caídos y construyó un muelle. También asegura que colaboró con el cuidado general de la zona, una tarea que considera parte del acuerdo inicial con las autoridades locales.

Ese aporte es uno de los argumentos emocionales más fuertes de su reclamo. Sandra y Rodolfo describen su presencia como una forma de contribuir con el lugar y de protegerlo frente a los efectos del turismo sin control. Sin embargo, esas tareas no necesariamente reemplazan los permisos, contratos o títulos que exige la legislación para acreditar el derecho a permanecer en un inmueble.

Dos causas con resultados diferentes para la misma ocupación

La disputa avanzó por dos vías judiciales. En el expediente penal, la pareja fue absuelta. En cambio, el proceso civil concluyó con una decisión desfavorable: el juez Gustavo Antoun ordenó la restitución del terreno reclamado por la Municipalidad de Alto Río Senguer.

La diferencia entre ambos procesos resulta central para comprender la situación. Una absolución penal no determina automáticamente quién tiene derecho a ocupar una parcela ni impide que una autoridad pública solicite la restitución por la vía civil. La causa civil analiza cuestiones como la posesión, la identificación del inmueble, la legitimidad de quien reclama y la existencia de títulos, autorizaciones o actos administrativos.

Los jubilados argumentan que tuvieron problemas para encontrar representación legal y que recibieron asesoramiento equivocado. Según su versión, una abogada les indicó que bastaba con presentar una nota ante el juzgado, pero luego descubrieron que no habían respondido en tiempo y forma a la demanda. La sentencia reconoce que la distancia y las dificultades de traslado, especialmente durante el invierno, complicaron el ejercicio de la defensa. Aun así, el silencio procesal fue interpretado como un reconocimiento de los hechos expuestos por el municipio.

La apelación busca que la Cámara revise tanto la valoración de la prueba como las condiciones en las que la pareja pudo defenderse. Sandra explicó que en la segunda instancia esperan presentar documentación que no lograron incorporar durante el primer tramo del juicio. El resultado todavía no está definido.

El punto más discutido: qué terreno reclama el municipio

La defensa de Sandra y Rodolfo cuestiona que el inmueble esté identificado con suficiente precisión. La demanda menciona el Lote 14 de la Fracción A, Sección G III, ubicado en el paraje Bahía Laguito Escondido, sobre la costa del lago La Plata. Para la pareja, no existiría un mapa capaz de establecer con exactitud los límites del ejido municipal y de las tierras fiscales previstas por la normativa provincial.

La discusión catastral puede ser determinante. En conflictos de este tipo, la ubicación precisa permite establecer si el área pertenece al municipio, a la provincia, a un privado o a una zona sujeta a una concesión. También ayuda a definir si la vivienda se encuentra dentro del sector reclamado o en una porción diferente del mismo lote.

Durante el expediente, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble informó que el lote mencionado figura inscripto a nombre de Don José Moisés SRL, una firma vinculada a la cría de ganado bovino y a la producción de lana. La sentencia, según la información publicada, entendió que esa propiedad privada ocuparía solamente el sector sur y que el resto del área sería fiscal. El tribunal sostuvo además que la identificación del sitio era suficiente para ordenar la restitución.

La defensa sostiene una interpretación distinta y plantea que, si el inmueble fuera privado, el municipio no tendría legitimidad para reclamar todo el espacio. Esa cuestión deberá ser evaluada junto con los planos, registros, antecedentes administrativos y demás pruebas que se incorporen en la apelación.

La disputa también expone la presión sobre los paisajes patagónicos

El relato de la pareja incluye referencias a otras construcciones y actividades en las cercanías. Sandra y Rodolfo afirman que existen sectores privados, cabañas destinadas al alquiler y edificaciones relacionadas con personas con vínculos políticos o económicos. Esas afirmaciones forman parte de su percepción sobre un trato desigual, aunque deberán ser acreditadas en los ámbitos correspondientes y no modifican por sí solas el alcance de la sentencia.

El municipio, en cambio, sostiene que ejerce la posesión efectiva de los inmuebles desde su creación como unidad política. La resolución menciona que la administración habría regulado el uso de la tierra, otorgado concesiones y construido instalaciones como campings y cabañas para guardaparques.

El conflicto muestra una tensión frecuente en zonas de alto valor paisajístico: el crecimiento del turismo y de los emprendimientos puede convivir con áreas fiscales, propiedades históricas, permisos de uso y ocupaciones informales. Cuando los límites no están actualizados o resultan difíciles de consultar, una familia puede interpretar una autorización verbal como un permiso estable, mientras que la administración puede considerarla una ocupación precaria y revocable.

Qué puede pasar mientras la apelación sigue abierta

Por el momento, Sandra y Rodolfo permanecen en la cabaña y esperan que la Cámara analice el recurso. Si el fallo fuera confirmado, deberían restituir el terreno y retirar sus pertenencias y las instalaciones que levantaron durante estos años. La pareja advierte que muchas de las piezas de la vivienda no podrían reutilizarse después de ser desmontadas.

Un proceso de desalojo también puede involucrar plazos, notificaciones, inventarios y coordinación con autoridades. La ejecución concreta depende de las decisiones judiciales y de la situación procesal, por lo que no corresponde anticipar fechas ni afirmar que la expulsión sea inmediata. La apelación puede modificar, confirmar o eventualmente devolver el expediente para que se revisen aspectos específicos.

El caso también deja una advertencia para quienes buscan instalarse en zonas rurales o turísticas alejadas: una autorización verbal, una tarea de mantenimiento o el pago de gastos no siempre equivale a un derecho de propiedad o a una concesión formal. Antes de construir, resulta fundamental conocer la titularidad, solicitar documentación escrita, verificar los límites y consultar a un profesional con experiencia en derecho inmobiliario y administrativo.

El caso del lago La Plata puede ganar visibilidad en búsquedas locales

Para medios, municipios, operadores turísticos y negocios vinculados con la Patagonia, la disputa por el lago La Plata tiene una consecuencia concreta en materia de visibilidad orgánica. Las consultas pueden concentrarse en expresiones específicas como “jubilados en el lago La Plata”, “desalojo en Alto Río Senguer” o “terrenos fiscales en Chubut”. Una cobertura clara debe diferenciar los hechos comprobados, las afirmaciones de la pareja y los argumentos de la sentencia.

Las empresas turísticas de la zona también pueden verse obligadas a comunicar con mayor precisión qué espacios son públicos, cuáles tienen acceso restringido y qué instalaciones cuentan con autorización. En destinos remotos, la información sobre caminos, campings, permisos y condiciones de acceso no solo ayuda a los visitantes: también reduce confusiones que pueden derivar en conflictos con propietarios o autoridades.

La apelación será el próximo hito para seguir. Mientras tanto, la historia de Sandra y Rodolfo resume el choque entre un proyecto de vida construido durante años y la necesidad de acreditar formalmente el uso de una tierra en una región donde la belleza natural, el turismo y los intereses productivos conviven con límites que no siempre resultan visibles para quienes llegan desde lejos.

Preguntas frecuentes

¿Por qué ordenaron desalojar a los jubilados del lago La Plata?

Una sentencia civil ordenó restituir el terreno reclamado por la Municipalidad de Alto Río Senguer. El fallo sostuvo que el municipio ejercía la posesión del área y consideró suficiente la identificación del lugar. La pareja cuestiona esa interpretación, afirma que los límites no están claros y apeló la decisión para presentar nuevas pruebas.

¿La pareja fue condenada en una causa penal?

No. Según la información difundida sobre el expediente, Sandra Morales y Rodolfo Hakl fueron absueltos en la causa penal. El desalojo surge de un proceso civil diferente, en el que se discutió la restitución del terreno, la legitimidad del reclamo municipal y las condiciones en que la pareja ejerció su defensa.

¿Dónde viven los jubilados que apelaron el desalojo?

Viven en una cabaña ubicada cerca del lago La Plata, en el paraje Bahía Laguito Escondido, dentro del área de Alto Río Senguer, en el oeste de Chubut. El lugar se encuentra a unos 120 kilómetros del pueblo más cercano y presenta condiciones climáticas y de acceso especialmente exigentes durante el invierno.

¿Qué argumenta la defensa sobre el terreno?

La defensa sostiene que no están determinados con precisión los límites del lote, del ejido municipal y de las tierras fiscales. También menciona que el registro inmobiliario identifica una propiedad privada dentro del área reclamada. El tribunal entendió que esa propiedad ocupa solo una parte y que el resto sería tierra fiscal.

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